AMS, PM, c 40, e 21, 8 ff
Juan García solicita al alcalde mayor de esta villa se exima a su hijo Rafael del pago de dos mulas que extravió de una recua de su amo Miguel Ramos.
Personas: Juan Antonio González Bracho (teniente general y alcalde mayor); Francisco Juan Antonio de Quevedo (escribano público y de cabildo); Miguel Ramos (amo de la recua, vecino); los tres arrieros inquilinos [duda: «Abiador y Sabanero»] · Josef García [duda: ficha dice Juan García] (arriero); Joaquín Sánchez (abiador del atajo de Dn Miguel Ramos); Miguel Ramos (dueño); Juan Antonio González Bracho; Fco. Juan Antº de Quevedo (escribano)
Imagen 1

Lectura: «…[setenta?] pesos deberá soportar veinte, y lo mismo cada uno de los otros dos, Abiador y Sabanero [duda]. Y si las partes tuviesen que decir en lo particular, lo hagan como y cuando les convenga, quedándoles salvo su derecho. Este auto se hará notorio a [quien] corresponda… Así lo proveyó, mandó y firmó su merced ante mí el escribano de todo lo cual doy fee. M. Bracho. Ante mí Fco. Juan Antº de Quevedo, Esc. Pub. y de Cabildo». Luego: «Luego incontinenti yo el escribano estando presente Dn Miguel Ramos de esta vecindad en su persona (que doy fee conozco) le hice saber lo mandado en el auto precedente proveído con vista de lo declarado por los tres inquilinos [arrieros] sobre este particular, y entendido dijo que se conforma con lo mandado, entendiéndose que el Sr. Juez ha de hacer a los inquilinos le paguen lo que les corresponde. Esto respondió y no firmó porque dijo no saber escribir. Doy fee». La ficha dice Juan García pide eximir a su hijo Rafael; estos nombres no se leen en esta foja.
Imagen 2

Lectura: Sello tercero VII reales, años 1788 y 1789. «En dha villa dho día mes y año yo el escribano de suso referido estando presente Josse García en su propia persona (que doy fee conozco) le hice saber lo mandado por el señor Teniente General de Alcalde mayor a consecuencia de lo declarado por los prácticos que vieron entender [duda]; dijo que lo oye y que se conforma con lo mandado. Esto respondió y no firmó porque dijo no saber escribir, hícelo yo el escribano de que doy fee. Ante mí Fco. Juan Antº de Quevedo Esc. Pub.º y de Cabildo». Segundo asiento: «En dha villa en doce días de este mes y año el señor Thente. Gral. de Alc.e mayor mandó comparecer a Joachín Sánchez que fue el abiador del atajo de Dn Miguel Ramos, al cual en su persona que yo el escribano doy fee conozco le impuso en la determinación dada a consecuencia del expediente por los [tres] sobre que deben satisfacer por la parte del valor que perdieron de las mulas que se extraviaron [duda]; entendido dijo que lo oye y que obedece lo mandado. Esto respondió y no firmó porque dijo no saber escribir. Doy fee». Discrepancia: la ficha nombra a Juan García (padre) y a su hijo Rafael; la imagen se lee «Josse García» [duda].